📰 Los Derechos que Perdió el Pueblo Argentino con la Derogación de la Constitución de 1949
Por Berisso Digital Investigación
🇦🇷 Un punto de inflexión en la historia constitucional argentina
La derogación de la Constitución Nacional de 1949, llevada a cabo por la autodenominada Revolución Libertadora tras el golpe de Estado de 1955, no fue un mero acto jurídico.
Fue un punto de inflexión histórico que marcó el fin del primer intento serio de construir en la Argentina un Estado social de derecho, es decir, un modelo en el que el pueblo y la justicia social ocuparan el centro de la vida constitucional.
La Constitución de 1949, sancionada durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón, había significado una revolución jurídica y cultural. Incorporó derechos laborales, sociales, económicos y humanos inéditos, y colocó la dignidad del pueblo trabajador en el corazón del texto constitucional.
Su anulación en 1956 implicó el retroceso más profundo en materia de derechos sociales desde la organización nacional.
⚙️ El espíritu de la Constitución de 1949
Inspirada en las Constituciones de México (1917) y Weimar (1919), la de 1949 trasladó al plano jurídico lo que el justicialismo llamaba “la justicia social”: la idea de que la libertad individual sólo tiene sentido si está acompañada de igualdad material y bienestar colectivo.
Su artículo 37, conocido como la Declaración de los Derechos del Trabajador, la Familia, la Ancianidad y la Educación y la Cultura, fue el corazón de esa transformación.
Por primera vez, la Argentina reconocía constitucionalmente que el Estado tenía el deber de garantizar trabajo, salud, vivienda, educación y cultura para todos.
Además, introdujo conceptos inéditos como la función social de la propiedad, la planificación económica, el control estatal de los recursos naturales y la igualdad política de la mujer.
⚖️ La contrarreforma de 1956: anulación y restauración del modelo liberal
El 27 de abril de 1956, mediante el Decreto-Ley 3838/56, el gobierno militar de Pedro Eugenio Aramburu declaró “nula de nulidad absoluta” la Constitución de 1949, restableciendo la de 1853 con sus viejas reformas.
Con ese acto, la Argentina retrocedió casi un siglo en materia de derechos sociales.
La medida se justificó con argumentos políticos (“la Constitución del 49 fue impuesta por un régimen autoritario”), pero en los hechos significó el desmantelamiento del constitucionalismo social y la restauración del viejo orden liberal y oligárquico, centrado en la propiedad privada y la libertad económica.
🧱 Derechos laborales suprimidos
Entre los derechos concretos que el pueblo argentino perdió se encuentran los que estaban reconocidos en la Declaración de los Derechos del Trabajador:
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Derecho al trabajo digno y estable.
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Derecho a un salario justo y suficiente para el bienestar familiar.
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Derecho al descanso, vacaciones pagas y condiciones dignas de labor.
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Protección contra el despido arbitrario.
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Derecho a la capacitación profesional y al ascenso.
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Libertad sindical y negociación colectiva.
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Participación del trabajador en los beneficios de la empresa.
Estos principios, que habían pasado a ser garantías constitucionales, fueron eliminados de raíz, dejando a los trabajadores nuevamente dependientes de leyes o decretos sujetos a cambios políticos.
El trabajo dejó de ser un derecho social constitucionalmente protegido y volvió a ser una mercancía dentro del sistema liberal.
🏠 Derechos sociales y humanos eliminados
La Constitución de 1949 había avanzado más allá del mundo laboral: reconocía derechos de segunda generación, aquellos que garantizan condiciones reales de igualdad.
Entre los que desaparecieron tras la derogación se cuentan:
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Derecho a la vivienda digna.
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Derecho a la salud y al bienestar físico.
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Derecho a la educación integral y gratuita en todos los niveles.
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Derecho a la cultura y a la participación artística.
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Protección a la familia, a la maternidad y a la infancia.
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Derechos de la ancianidad, inspirados en la declaración de Eva Perón de 1948.
La pérdida de estos artículos significó que la Constitución volviera a ser individualista y patrimonialista, sin reconocer derechos colectivos ni la responsabilidad social del Estado.
En otras palabras, el pueblo perdió el respaldo jurídico que convertía en obligaciones estatales aquellas necesidades básicas que sostienen una vida digna.
⚙️ Soberanía económica y función social de la propiedad
Otro aspecto central fue la eliminación del modelo de soberanía económica que proponía la Carta de 1949.
El texto original establecía que el Estado debía conducir la economía nacional y asegurarse de que la riqueza producida por los argentinos sirviera al bienestar del pueblo.
Con su derogación, se eliminaron:
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La función social de la propiedad (la idea de que la propiedad no es un fin en sí mismo, sino un medio subordinado al bien común).
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La planificación económica estatal, como instrumento para equilibrar desarrollo y justicia social.
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El control nacional de los recursos naturales y servicios públicos.
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El principio de independencia económica frente a la dominación extranjera.
Esto implicó una reversión del papel del Estado, que dejó de ser protagonista del desarrollo y volvió a ocupar un rol de árbitro neutral, con predominio del mercado.
El resultado fue la pérdida de herramientas constitucionales para defender la soberanía económica y el control popular sobre los recursos estratégicos.
👩🦰 Igualdad política y derechos de la mujer
La Constitución de 1949 también había constitucionalizado la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, un paso trascendental tras la sanción del voto femenino (Ley 13.010).
En su texto, la mujer aparecía como sujeto político y social pleno, con derecho a participar en la vida económica, cultural y sindical.
Al eliminarse la Carta del 49, desapareció ese reconocimiento explícito, reduciendo la igualdad de género a una cuestión legal, no constitucional.
La Argentina perdió así un marco de avanzada que recién se recuperaría parcialmente décadas más tarde.
🕊️ La desconstitucionalización de la justicia social
Desde una mirada teórica, lo ocurrido en 1956 significó la desconstitucionalización de la justicia social.
El país pasó de un Estado social de derecho, que defendía las libertades reales y el bienestar colectivo, a un Estado liberal de derecho, que priorizaba las libertades formales y la propiedad privada.
El pueblo argentino perdió:
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El derecho a que el Estado garantizara las condiciones mínimas para una vida digna.
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La protección constitucional del trabajo como base del bienestar.
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La seguridad de que los servicios esenciales, la salud, la educación y la vivienda fueran obligaciones del Estado y no privilegios del mercado.
📉 Recuperaciones parciales: 1957 y 1994
En 1957, la Convención Constituyente incorporó el artículo 14 bis, que recuperó parte del espíritu del 49, reinstalando los derechos laborales, sindicales y de seguridad social.
Sin embargo, fue un recorte parcial, sin la amplitud ni la fuerza integradora de la Constitución peronista.
En 1994, la reforma incorporó tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, y recuperó nociones como la función social de la propiedad y el derecho a un ambiente sano, pero dentro de un marco democrático-liberal.
El Estado volvió a reconocer algunos derechos, aunque ya sin el eje de soberanía económica ni el rol protagónico del trabajador.
🧭 Conclusión: entre el pueblo y el capital
La caída de la Constitución de 1949 no solo borró artículos: borró una filosofía política.
Una visión del país donde el trabajo valía más que la renta, donde la justicia social era un mandato jurídico y donde la dignidad humana tenía rango constitucional.
En términos históricos, la derogación del 49 fue el retorno del poder económico al centro del sistema político, desplazando al pueblo del lugar de sujeto constitucional.
Desde entonces, el constitucionalismo argentino oscila entre dos paradigmas:
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El liberal-individualista de 1853, que protege la libertad y la propiedad.
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Y el social-justicialista de 1949, que pone al ser humano y la comunidad por encima del capital.
La pregunta que aún resuena, más de setenta años después, es si alguna vez la Argentina podrá reconciliar ambos mundos: el de la libertad y el de la justicia social.